Obedézcase, pero no se cumpla. El caso de la jurisprudencia 1a./J. 35/2017 que establece que en el auto de vinculación a proceso no es exigible el análisis de los elementos objetivos, normativos y subjetivos del tipo penal

Auteurs

  • Javier Gómez Cervantes

DOI :

https://doi.org/10.15174/cj.v12i23.438

Mots-clés :

Auto de vinculación a proceso, hecho que la ley señala como delito, elementos del tipo, estándar probatorio

Résumé

El Máximo Tribunal de Justicia del país ha establecido que el juicio de tipicidad y por ende el estudio de los elementos objetivos, subjetivos y normativos del tipo penal no debe ser propio de auto de vinculación a proceso, sino de la sentencia definitiva en el proceso penal. El presente trabajo de investigación tiene como objeto establecer la problemática que se suscita de prescindir del estudio de tales elementos en dicha etapa procesal.

Biographie de l'auteur

Javier Gómez Cervantes

Doctor en Derecho por la Universidad de Guanajuato. Profesor de la materia de derecho procesal penal II en la Licenciatura en Derecho de la Universidad de Guanajuato. Profesor de Derecho Penal Juvenil en la Maestría en Ciencias Jurídico Penales de la Universidad de Guanajuato.

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Publiée

2023-08-02

Comment citer

Gómez Cervantes, J. (2023). Obedézcase, pero no se cumpla. El caso de la jurisprudencia 1a./J. 35/2017 que establece que en el auto de vinculación a proceso no es exigible el análisis de los elementos objetivos, normativos y subjetivos del tipo penal. Ciencia Jurídica, 12(23), 87–112. https://doi.org/10.15174/cj.v12i23.438

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