Facultad de resolver controversias de límites territoriales entre Entidades Federativas. La inconveniencia de la reforma constitucional de los artículos 46, 73, 76 y 105 de la CPEUM del año 2005.

Autores/as

  • Vicente Vázquez Bustos Universidad de Guanajuato

DOI:

https://doi.org/10.15174/cj.v1i2.70

Palabras clave:

Comisión de Límites Territoriales entre Entidades Federativas, Límites territoriales, Senado de la República, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Naturaleza jurídica, Naturaleza policiaca

Resumen

Toda Estado para existir como tal debe de contar con un territorio, a partir de esta premisa fundamental es que se desarrolla un análisis de la forma y mecanismos constitucionales que han existido a lo largo de la historia mexicana para resolver los conflictos de límites entre las entidades federativas.
Especial atención merece la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2005, que facultó al Senado de la República a efecto de que pueda sancionar los convenios amistosos que sobre sus respectivos límites celebren los estados; así como para que pueda establecer de manera definitiva los límites de las entidades federativas que lo soliciten, a efecto de terminar con las diferencias que estos puedan tener relativas a los límites de sus territorios; y la «contra reforma» que a la misma se implementa con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de 2012, donde se devuelve dicha facultad a nuestro Máximo Tribunal, realizando una crítica a la reforma del año 2005, por ser una reforma constitucional mal planeada y peor ejecutada.

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Publicado

2013-02-01

Cómo citar

Vázquez Bustos, V. (2013). Facultad de resolver controversias de límites territoriales entre Entidades Federativas. La inconveniencia de la reforma constitucional de los artículos 46, 73, 76 y 105 de la CPEUM del año 2005. Ciencia Jurídica, 1(2), 171–192. https://doi.org/10.15174/cj.v1i2.70