Resumen
En el presente trabajo se analiza la posición de garante del empresario-empleador frente a los riesgos propios de las actividades laborales asignadas a sus trabajadores dependientes, partiendo del concepto de “riesgo permitido” en el proceso productivo peligroso y del deber de seguridad que la normativa de prevención de riesgos laborales asigna al empresario, como “organizador” del foco de peligro. Este esquema general necesita un análisis específico frente al riesgo de contagio del COVID-19 (en tanto “riesgo laboral”). Como corolario de ese estudio, se presentan aquí determinadas precisiones sobre la posible responsabilidad penal del empleador ante este nuevo riesgo vírico del que todavía se desconocen muchas características.Citas
CORCOY BIDASOLO, M., Delitos laborales. “Ámbito y eficacia de la protección penal de los derechos de los trabajadores”, en CONDE-PUMPIDO TOURÓN (dir.), Derecho Penal Económico, Cuadernos de Derecho Judicial, 2, 2003.
DOPICO GÓMEZ-ALLER, J., Omisión e injerencia en Derecho penal, Valencia, Tirant lo Blanch, 2006.
FEIJOO SÁNCHEZ, B., Derecho penal de empresa e imputación objetiva, Madrid, Cámara, 2007.
GALLO, P., Riesgos Penales Laborales, Buenos Aires, BdeF, 2018.
HORTAL IBARRA, J., Protección penal de la seguridad en el trabajo, Barcelona, Atelier, 2005.
JAKOBS, G., “La imputación penal de la acción y de la omisión”, en ADPCP, 1996, t. 49, fasc. III.
LASCURÁIN SÁNCHEZ, J., Los delitos de omisión: fundamentos de los deberes de garantía, Madrid, Cívitas, 2002.
REQUENA JULIANI, J., Intercambiabilidad de acción y omisión en los delitos de dominio: posición de garante e imputación objetiva, Madrid, Dykinson, 2010.
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